Seguro que a estas alturas del mes, ya has recibido como usuario físico decenas de emails de diferentes empresas con las que en su día realizaste algún que otro intercambio de información avisándote de la nueva realidad en cuanto al Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) que entra en vigor este 25 de mayo en toda la Unión Europea pero ¿cómo afecta éste a tu hotel?
Está claro que los datos de tus clientes son uno de tus tesoros más preciados, sino el que más. Son datos relativos a su denominación física, lugar de procedencia, fecha de nacimiento, ¡cuenta bancaria!, entre otros. Cómo para no tenerlos en cuenta y protegerlos lo máximo posible. Desgraciadamente muchos establecimientos hoteleros no están del todo al día en lo que a protección de datos se refiere, situación que debe cambiar desde hoy mismo con la entrada en vigor en toda la UE, del Reglamento General de Protección de Datos (RGPD).
¿Qué ocurre si no lo cumples? Que podrías enfrentarte a multas que van desde la quita del 4% de tu facturación hasta multas de 20 millones de euros, ¡casi nada! Tanto tú mismo, como todos los empleados de tu establecimiento -sean del rango que sean- es preciso que revisen muy bien el nuevo reglamento y cómo deben tratar los datos a partir de hoy mismo. Y es que la implicación y la concienciación colectiva son más que necesarias en estos casos. No solo vale recurrir al profesional que nos lleve los registros frente a la AEPD o los diferentes documentos de seguridad, todos debemos implicarnos en el nuevo RGPD
Novedades de la RGPD para hoteles
Hay varios puntos que implican de una forma más destacada a los hoteles, albergues, hostales o casas rurales como el que puedes estar regentado tú mismo. Uno de ellos es el Principio de Responsabilidad Proactiva, y que obliga a que el establecimiento hotelero, como responsable del tratamiento, en función del conocimiento que tiene de su negocio aplique las medidas técnicas y organizativas que considere apropiadas. Para su cumplimiento. Además, en caso de que exista alguna denuncia o alguna incidencia ante la AEPD o frente a terceros, tu establecimiento deberá demostrar siempre que se ha implicado correctamente con la RGPD.
Otra de las novedades más relevantes es la aparición de la figura del DPO o DPD (Delegado de Protección de Datos) y que debe asumir alguien en tu establecimiento hotelero. Éste tendrá una función preventiva, proactiva, supervisora y establecerá y coordinará todo el protocolo de protección de datos en la organización. Y es que con el nuevo RGPD es el establecimiento hotelero el responsable de cuantificar los riesgos según los datos que trate, sus sistemas y su estructura. El DPO debe tener experiencia en protección de datos y ser el nexo de unión entre el responsable del tratamiento, o sea tu hotel, el afectado y la AEPD.
Piénsalo, ¿está tu hotel preparado? ¡debería!