Qué seguros necesita un hotel y cuáles son obligatorios

Un huésped resbala en el suelo mojado del hall. Una fuga en la tercera planta deja cuatro habitaciones fuera de servicio en Semana Santa. Un correo que parecía del banco se lleva el pago de un proveedor.
Los tres casos son habituales, y en los tres la pregunta es la misma: ¿esto estaba cubierto? La respuesta suele descubrirse el peor día posible.
El obligatorio: responsabilidad civil
Es el único que en España te exige la Administración. Casi todas las comunidades autónomas obligan a los establecimientos turísticos a tener un seguro de responsabilidad civil vigente, y el importe mínimo asegurado lo fija el decreto turístico de cada comunidad, así que varía según dónde estés.
Cubre los daños que el alojamiento cause a terceros: la caída en la escalera, la intoxicación en el desayuno, el objeto que se desprende del techo.
Dos cosas que conviene comprobar en la póliza que ya tienes:
- Que el capital asegurado llegue al mínimo de tu comunidad. Una póliza antigua puede haberse quedado por debajo tras un cambio normativo.
- Que las actividades declaradas incluyan todo lo que haces. Si abriste piscina, spa, restaurante abierto al público o alquiler de bicicletas después de contratar, puede que no estén dentro.
Los que no son obligatorios y se echan de menos
Daños materiales o multirriesgo
Cubre el edificio, las instalaciones y el contenido: incendio, agua, robo, fenómenos atmosféricos, rotura de cristales y maquinaria.
El error típico es asegurar por un valor desactualizado. Si reformaste hace tres años y no lo comunicaste, en un siniestro grande la indemnización se reduce en proporción.
Pérdida de beneficios
Este es el que casi nadie contrata y el que salva el año. No paga los daños: paga lo que dejas de ingresar mientras el hotel está cerrado o a media capacidad, y los gastos fijos que siguen corriendo.
Un incendio en la cocina que cierra el restaurante dos meses en verano cuesta mucho más que la propia cocina.
Ciberriesgo
Un alojamiento guarda datos personales, documentos de identidad y datos de pago. Un cifrado de los equipos en plena temporada, además del rescate, deja al hotel sin planning y sin check-in.
La póliza suele cubrir la recuperación de sistemas, la notificación a los afectados y la defensa jurídica ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Convenio y accidentes del personal
La mayoría de los convenios colectivos de hostelería obligan a tener contratado un seguro de accidentes para la plantilla, con capitales concretos por fallecimiento o invalidez. No es opcional aunque no lo pida la administración turística: lo pide el convenio, y su incumplimiento sale caro en una inspección.
Defensa jurídica
Reclamaciones de consumo, conflictos con proveedores, desahucio de un ocupante que no se va. Es barato y evita que el primer problema legal se convierta en una factura de abogado sin presupuesto.
Los huecos que casi nadie revisa
Los objetos de los huéspedes. La responsabilidad del hotel sobre lo depositado tiene su propio régimen legal y su propio límite en la póliza. Si tienes caja fuerte en habitación, mira qué dice el contrato sobre lo que no se guarda en ella.
El aparcamiento. Custodiar vehículos cambia la cobertura. Un parking vigilado no es lo mismo que un solar donde el huésped aparca por su cuenta, y el cartel que lo aclara tiene valor.
Las actividades organizadas. Excursiones, alquiler de material, clases. Si las organizas tú, respondes tú.
El alquiler vacacional. Una vivienda de uso turístico no está cubierta por un seguro de hogar normal. Es una actividad económica y necesita una póliza que lo contemple.
Antes de renovar
La revisión anual de pólizas se despacha en media hora y evita descubrir el hueco el día del siniestro. Tres preguntas al corredor:
- ¿El capital asegurado corresponde al valor de reconstrucción de hoy, no al de la última tasación?
- ¿Están declaradas todas las actividades que hago ahora mismo?
- ¿Qué queda fuera? La lista de exclusiones dice más que la de coberturas.
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